miércoles, 11 de abril de 2012

NUEVA LEY DEL DEPORTE

El 30 de Abril vence el plazo para declarar y enterar el aporte del 1% establecido en la Nueva Ley Orgánica del Deporte:

¿QUIENES SON APORTANTES DE LA NUEVA LEY DEL DEPORTE?

Los articulos 68 y 80 de la presente Ley son Claves:

 Artículo 68. ............. El aporte a cargo de las empresas u otras organizaciones indicadas en este artículo, será el uno por ciento (1%) sobre la utilidad neta o ganancia contable anual, cuando ésta supere las veinte mil Unidades Tributarias (20.000 U.T); y se realizará de acuerdo con los parámetros que defina el Reglamento de la presente Ley o en normas emanadas del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de deporte, actividad física y educación física. Este aporte no constituirá un desgravamen al Impuesto Sobre la Renta. Se podrá destinar hasta el cincuenta por ciento (50%) del aporte aquí previsto para la ejecución de proyectos propios del contribuyente, propendiendo al desarrollo de actividades físicas y buenas prácticas, y para el patrocinio del deporte, con sujeción a los lineamientos que al respecto emita el Instituto Nacional de Deportes..................

Artículo 80. El incumplimiento de la obligación de aportar al Fondo Nacional .......,....será sancionado con la multa equivalente al doble de la contribución especial correspondiente, según el ejercicio fiscal respectivo; y en caso de reincidencia, la multa será tres veces la contribución especial del ejercicio fiscal que corresponda. ..............

Si desea consultar la Nueva Ley o Reglamento del Deporte, así como también registarse como aportante del Fondo Nacional del deporte, puede seguir el siguiente enlace: http://www.mindeporte.gob.ve/portal2009/

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